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LOS PELIGROS OCULTOS QUE AMENAZAN A UN EDIFICIO EN CONSTRUCCIÓN EN VILLA URQUIZA

 

El derrumbe de una vereda dejó expuesta la negligencia y la falta de controles.

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El 3 de septiembre de 2016, en pleno corazón del barrio porteño de Villa Urquiza, el tránsito sobre la avenida Triunvirato a la altura de Olazábal, justo al lado de un edificio en construcción se vio sorprendido cuando el cordón de la vereda comenzó a resquebrajarse provocando el hundimiento de la misma. Gracias a este hecho, una trama de negligencias y complicidades que involucró a la constructora y a agencias gubernamentales salió a la luz.

 

La intersección de estas avenidas repentinamente dejó de ser la misma. Luego de que cediera esta vereda lindera a la obra en construcción la vida de los vecinos de este barrio cambio por completo. El transito tuvo que cerrar sobre dos cuadras de Triunvirato por temor a que las vibraciones provoquen derrumbes. El caos vehicular se hizo el gran protagonista de la zona, al menos 7 líneas de colectivos comenzaron a circular por calles internas, el Subte B limitó su recorrido, la cabecera, la estación Juan Manuel De Rosas, a 200 metros de la obra en cuestión, se vio suspendida durante un tiempo. La Avenida Triunvirato se disfrazó de una especie de pasarela por donde la gente camina velozmente para llegar a la próxima estación habilitada, a 10 cuadras de distancia. La soledad reinaba en estas 2 cuadras cercanas al lugar del inconveniente, los comerciantes de la zona no sólo estaban afectados por la merma en la circulación de gente sino también porque no podían abrir sus locales por el riesgo de derrumbe existente. El enojo y el desconocimiento de lo que sucedía comenzaron a aumentar en este barrio porteño.

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¿Qué había de atrás de este sorpresivo derrumbe de la vereda? La obra, que comenzó en el año 2013, está a cargo de Nuevo Olazábal S.A. Esta empresa comenzó a realizar la excavación del pozo para la construcción en ese año, y siguió trabajando en la preparación del terreno durante un tiempo llamativamente extenso de tres años, hasta que este incidente detuvo parcialmente las obras. Lo que sucedió fue que un caño de agua se rompió, provocando la socavación de la vereda que se terminó derrumbando. Los motivos de la rotura del tubo son confusos, y aquí es donde comienzan las sospechas. La empresa AySA, responsable de las cañerías de agua en la ciudad, culparon a la constructora de haber derrumbado una parte del talud durante la excavación del pozo, que terminó afectando la vereda. Por otro lado, la constructora Nuevo Olazábal S.A., a través de su titular, Alejandro Filarent, afirmó a distintos medios que el caño ya estaba roto con anterioridad, y que en los meses previos le habían enviado dos cartas a AySA avisando sobre un desagüe cloacal roto. A su vez desligó a la obra diciendo que no había sufrido ningún tipo de problemas. Llama la atención que ambas empresas argumenten cosas tan distintas, sobre todo cuando realizando las pericias correspondientes se puede determinar con claridad el motivo del derrumbe de la vereda.

 

La esquina de las avenidas Triunvirato y Olazábal es un sector muy valioso del barrio Villa Urquiza, por ser un área comercial muy importante, Su ubicación de privilegio le otorga una amplia red de servicios en su cercanía, tanto de transportes, como comerciales y de entretenimientos. Sin dudas es un lugar en donde cualquier empresa inmobiliaria quisiera invertir. El proyecto en cuestión lleva el nombre de Evoque, y fue diseñado por Urbania Desarrollos S.A., en asociación con MSGSSS y Compañía Buenos Aires. El diseño propone un edificio residencial-profesional de quince pisos de altura, repleto de amenities, y por lo tanto, con un elevado costo en sus propiedades. Sin embargo, y con el edificio todavía inexistente, la mitad de los departamentos ya fueron vendidos.

 

La única persona vinculada a la construcción del edificio de la que se tiene conocimiento es Alejandro Filarent, accionista y titular de Nuevo Olazábal S.A. Sin embargo, lo que se conoce de su vida no lo une únicamente a las construcciones inmobiliarias. Tiene pasado como presidente del Club Náutico Hacoaj de Tigre, en la que durante su presidencia tuvo lugar un incidente poco claro que terminó en la muerte de un chico en el año 2004. La información surgió de una carta publicada en varios sitios web ligadas a la colectividad judía por parte de la madre del chico. Parece que lo sucedido con la obra no es el primer problema que enfrenta Filarent en su vida profesional. Se intentó contactarlo para que diera alguna explicación por las denuncias de la obra pero no quiso hacer ninguna declaración.

 

Hay un dato clave sobre esta obra que le da un giro a la investigación y pone alerta a las autoridades, a los vecinos y futuros residentes del edificio. En el lugar donde se está realizando la construcción existió una estación de servicio hasta el año 2010. La arquitecta Juana Cibils explicó que “donde hubo una estación de servicio, quedan peligros latentes. Las estaciones guardan bajo tierra los tanques de almacenamiento de combustible. Una vez que se desmantela la estación y se retiran los tanques, a pesar de la limpieza que se realiza quedan restos de hidrocarburos en el aire y en el suelo”. Estos restos pueden quedar por alguna filtración de los caños o una mala limpieza, sin embargo se convierten en un peligro a futuro.

 

El organismo encargado de realizar los controles en estos casos es la Agencia de Protección Ambiental. El responsable consultado de la APRA, Federico Iglesias, señaló que “los pasos correctos a seguir son varios. Cuando una estación de servicio cierra se le debe dar aviso al gobierno. Lo primero es realizar el cierre definitivo del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH). Esto se hace realizando previamente un estudio hidrogeológico para determinar la existencia o no de contaminación. De existir, deberá remediarse, y de no, se extenderá la Constancia de No Necesidad de Recomposición Ambiental (CNNRA)”.

 

Luego de realizar las tareas de saneamiento se otorga el Conforme Recomposición Ambiental. Con ese documento se accede a pedir el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) para la obra, dependiendo de sus características.

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Esto podría haber sucedido normalmente en la obra y haberse solucionado sin problemas, de no haber sido por las denuncias de los vecinos. Javier Fileni, quien vive a pocas cuadras de la construcción, denunció haber sentido en reiteradas ocasiones olor a nafta en la zona de la construcción: “No solo eso, también sufrimos varias veces cortes de luz, de gas y de agua en los últimos meses”.

Sin embargo, Iglesias sostuvo que “a esta obra se la controló como a cualquier otra. La rotura del caño fue culpa de la constructora. Previamente se le habían aplicado dos clausuras preventivas, pero como cumplieron dentro de los plazos se los dejó seguir operando”.

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Los periodistas Juan Manuel Castro, del diario Comuna 12, y Tomás Labrit, del diario El Barrio, brindaron información sobre la cuestión judicial que atraviesa la construcción: “Estas denuncias no son las primeras que aparecen. Esta obra ya fue denunciada por vuelcos ilegales de hidrocarburos, y unos días antes del derrumbe de la vereda había sido clausurada”, señaló Castro. Por su parte, Labrit indicó que “en mi opinión el Estado demoró en actuar. Esta obra ya tenía problemas de antes y dejaron que esto pasara. Ahora ya es público y van a tener que responder. Ya está todo en la justicia”.

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Según pudo corroborar esta investigación, dentro de la ley 451 de la Ciudad (Régimen de faltas), la obra incurrió en al menos ocho violaciones al código. Desde el vertido ilegal de líquidos, hasta la ocupación ilegítima del espacio público. Sin embargo, solo algunas de estas fueron denunciadas por los vecinos.

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Por otro lado, el abogado Delfín Gallo brindó información que permite corroborar que en la ley 3562, desde que se sancionó en septiembre del 2010, está establecida una inspección obligatoria que esta construcción en principio no tuvo, ni tampoco cuenta con la documentación reglamentaria según la ley 4791 CABA (28/11/2013). Tampoco cumple con la ley 123 CABA, sancionada el 10 de diciembre de 1998, que regula los aspectos relativos a las habilitaciones, la organización del tejido edilicio y la distribución de usos de suelo de la Ciudad de Buenos Aires, entre otras temáticas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A su vez, la diputada porteña Andrea Conde presentó el pedido de informes 3554/2016 en la Legislatura de la Ciudad en octubre pasado, reclamando que se presenten las distintas habilitaciones y controles realizados en la obra. Además se acusa del no cumplimiento de la disposición 1227/DGFYCO/2015, que prevé el procedimiento técnico de impacto ambiental.

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La situación judicial actual de la obra es un tema a tener en cuenta. Tanto Delfín Gallo, como los periodistas consultados, coinciden en un mismo punto: el futuro de las causas judiciales son inciertas. En la actualidad todas las denuncias realizadas por los vecinos están en el poder judicial, y avanzan, como es conocido, de manera muy lenta. Nadie sabe con certeza que ocurrirá en la esquina de Triunvirato y Olazábal.

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Si bien las dos clausuras que recayeron sobre la obra la dejaron más en el centro de la escena que nunca, la construcción sigue llevándose a cabo. Pareciera que no es suficiente con el derrumbe de una vereda, las complicaciones de tránsito que trajo aparejadas, el vertido ilegal de líquidos, el olor a nafta que sienten los vecinos, además de los cortes de luz y gas que sufren.

 

Mientras los vecinos miran de reojo ese enorme baldío tapiado con carteles anunciando un edificio de ensueño, y la justicia retrasa el tratamiento de las graves denuncias, los peligros ocultos que implican la negligencia y la complicidad continúan amenazando al corazón de uno de los barrios más tranquilos de la Ciudad de Buenos Aires.

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Ley 451

Régimen de faltas de CABA - La obra incumple los artículos 2.2.1 (permiso y planos de obra), 1.3.2.3.4 (vertido, arrojo y/o vuelco de elementos en sumidero), 2.1.16 (mantenimiento de cerca y aceras), 2.1.17 (hundimiento de calzada o aceras), 2.2.3 (obra no autorizada),  3.1.8 (daño al espacio público), 1.3.1.1 (emisión contaminante), y 1.3.4 (olores).

Ley 3562

Establece la obligación de inspeccionar toda obra en construcción durante las etapas de demolición y excavación, independientemente de las inspecciones que se realicen en el avance de la obra.

Ley 4791

Tiene por objeto establecer el marco regulatorio para el desarrollo y la ejecución de proyectos de obras de infraestructura y servicios para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la asociación público privada.

Ley 4268/12

Comprende las inspecciones obligatorias según las distintas etapas de una obra.

Ley 123

Determina procedimiento Técnico – administrativo de evaluación de impacto ambiental.​

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